El Gobierno nacional analiza introducir modificaciones al régimen que regula los planes de ahorro para la compra de vehículos 0 km. Según publicó La Nación, el Ministerio de Desregulación trabaja en un anteproyecto de ley que plantea eliminar el esquema de fiscalización específica que hoy ejerce la Inspección General de Justicia (IGJ) sobre los nuevos contratos, con el objetivo de que pasen a regirse por las normas generales del Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor.
Si bien la propuesta aún se encuentra en etapa de elaboración y deberá ser enviada al Congreso para su tratamiento, representa un cambio de fondo en el funcionamiento de este sistema de financiamiento, utilizado por miles de argentinos para acceder a un vehículo.
Uno de los puntos centrales del proyecto establece que la IGJ dejaría de autorizar y controlar específicamente los nuevos planes de ahorro, sus contratos y las bases técnicas que actualmente deben ser aprobadas antes de su comercialización.
No obstante, la iniciativa contempla que los planes vigentes al momento de una eventual sanción de la ley mantengan las condiciones con las que fueron aprobados originalmente por la IGJ. Esto implica que quienes ya participan de un plan no verían modificadas automáticamente sus cuotas, plazos ni derechos adquiridos.
Los principales cambios que prevé el proyecto
De acuerdo con el borrador citado por La Nación, el capítulo referido a las sociedades de capitalización y ahorro incorpora tres modificaciones principales.
En primer lugar, las administradoras continuarían siendo sujetos obligados ante la Unidad de Información Financiera (UIF), por lo que seguirían cumpliendo con los controles destinados a prevenir el lavado de activos, identificar clientes, conservar documentación y reportar operaciones sospechosas.
Sin embargo, esa supervisión no abarcaría el funcionamiento comercial de los planes. Es decir, la UIF no intervendría sobre aspectos como la determinación de las cuotas, el precio de los vehículos, las adjudicaciones, los gastos de entrega o la administración de los fondos de cada grupo.
El segundo cambio consiste en retirar a la IGJ como organismo regulador específico de los nuevos contratos, que pasarían a regirse exclusivamente por el Código Civil y Comercial y la Ley de Defensa del Consumidor.
"En la Argentina, las resoluciones generales de la Inspección General de Justicia y el Decreto 142.277 de 1943 establecen los requisitos que deben cumplir esas empresas. Entre otras cuestiones, se exige que tengan un objeto específico, que quienes las integren sean personas idóneas y sin antecedentes penales, y que la operatoria esté previamente autorizada, incluidos los contratos, la forma de calcular las cuotas y las garantías. Es muy importante que quien administra todo ese dinero sea una empresa solvente", explicó a La Nación Pablo Piñeiro, especialista en planes de ahorro.
Cómo funciona actualmente un plan de ahorro
Los planes de ahorro constituyen un sistema de autofinanciación en el que un grupo de personas realiza aportes mensuales para conformar un fondo común destinado a la compra de vehículos que luego se adjudican mediante sorteos, licitaciones u otros mecanismos previstos en cada plan.
El formato más habitual contempla 84 cuotas y grupos integrados por 168 suscriptores, aunque existen alternativas con distintas duraciones. En algunos casos, las terminales también ofrecen adjudicaciones pactadas en determinadas cuotas, sujetas al cumplimiento de requisitos y a la integración de un monto adicional.
Actualmente, la cuota se calcula sobre el denominado "valor móvil", que generalmente coincide con el precio de lista del vehículo. Además, la IGJ supervisa las condiciones generales de los contratos, las bases técnicas de cada administradora y recibe información periódica sobre los precios de las unidades, los fondos administrados, las entregas pendientes y la liquidación de los planes finalizados.
Qué podría cambiar para quienes contraten nuevos planes
Uno de los efectos más importantes de la eventual reforma sería la desaparición de un conjunto uniforme de reglas técnicas para los nuevos contratos.
Las administradoras tendrían mayor margen para diseñar sus propios productos, siempre dentro del marco establecido por la legislación general de defensa del consumidor y las normas civiles y comerciales.
"El Gobierno plantea eliminar esos controles y dejarlo como un negocio entre privados. Cualquier tipo de sociedad, ya sea una SA o una SAS, podría armar y vender planes de ahorro sin un control específico. Esto genera un riesgo latente muy grande para el sistema", sostuvo Piñeiro en declaraciones a La Nación.
El especialista explicó que los planes funcionan sobre la base de un fondo común integrado por los aportes de todos los suscriptores, por lo que la solvencia de la administradora, la morosidad y el cumplimiento de las adjudicaciones terminan impactando sobre todos los integrantes del grupo.
También señaló que, ante eventuales conflictos, la principal herramienta de reclamo sería la Ley de Defensa del Consumidor.
"Esta es una práctica diferente de una operación habitual, en la que una persona paga y se lleva inmediatamente un producto, porque en un plan se entrega dinero a cambio de una prestación futura", afirmó.
Otro de los desafíos sería la comparación entre distintas propuestas comerciales. Sin un conjunto de reglas técnicas homogéneas, podrían coexistir planes con diferentes fórmulas de actualización, penalidades, gastos administrativos, plazos de devolución y garantías, lo que exigiría a los consumidores analizar con mayor detenimiento cada contrato antes de adherirse.
Los beneficios que evalúa el Gobierno
Entre los argumentos a favor de la desregulación aparece la posibilidad de ampliar la competencia mediante el ingreso de nuevas administradoras y el desarrollo de productos con características diferentes a las actuales.
Las empresas podrían ofrecer planes con distintos plazos, mecanismos de adjudicación, sistemas de actualización o condiciones de salida, además de reducir tiempos y costos vinculados a la aprobación administrativa de los contratos.
Según los fundamentos del proyecto, el régimen vigente tiene como base un decreto de 1943 que, si bien fue actualizado mediante distintas resoluciones, mantiene una estructura que podría limitar la innovación dentro del mercado.
El debate por el precio de los vehículos
Otro aspecto relevante del sistema es la determinación del denominado valor móvil, utilizado para calcular la cuota pura.
La normativa vigente obliga a las administradoras a informar mensualmente los precios de los vehículos y dispone que las bonificaciones o descuentos otorgados por las terminales también se reflejen, en las mejores condiciones posibles, en ese valor de referencia.
Este tema cobró mayor importancia en los últimos años debido a que muchos concesionarios comercializan vehículos con descuentos respecto del precio de lista, mientras que las cuotas de los planes continúan calculándose sobre ese valor oficial.
Tiempo atrás, Piñeiro había explicado que el sistema resultaba más competitivo cuando los vehículos se vendían por encima del precio de lista, pero que el escenario cambió con la aparición de bonificaciones en el mercado.
"El atractivo del plan no es el precio, sino la posibilidad de acceder a un auto con un anticipo bajo y una cuota accesible", señaló.
De avanzar la reforma, la forma de actualizar ese valor y el tratamiento de las bonificaciones quedarían definidos principalmente por las condiciones de cada contrato. Aunque los consumidores conservarían los derechos previstos en la Ley de Defensa del Consumidor para cuestionar cláusulas abusivas o exigir información clara, ya no existiría necesariamente una presentación mensual de esos valores ante la IGJ.