Enacom: quiénes podrán obtener las tablets gratis del plan Conectando con Vos 

Los dispositivos se entregarán mediante convenios con el Ministerio de Educación de la Nación, jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares.

Enacom, a través de su programa Conectando con Vos tiene como objetivo promover el acceso al equipamiento que contribuya a la integración, inserción y desarrollo social mediante el uso de Tecnologías de la  Información y las Comunicaciones (TICs). Por este motivo avanza con la entrega de tablets para un gran número de beneficiarios de la AUH, AUE, monotributistas y jubilados. 

Asimismo, podrán obtener el beneficio el universo de personas que cuentan con Seguro de Desempleo y sus hijos e hijas tengan entre 16 y 18 años. Además aquellas personas que se encuentren incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Trabajadoras de Casas Particulares.

En esa línea se pudo saber que los dispositivos se entregarán mediante convenios con el Ministerio de Educación de la Nación, jurisdicciones provinciales, municipales, asociaciones civiles, redes comunitarias y entidades intermedias con presencia territorial en barrios populares.

Quiénes pueden acceder 

  • Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar: padre, madre, cónyuge o conviviente;
  • Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el régimen de Monotributo Social, sus hijos, sus hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles, y también sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría que tengan un ingreso anual mensualizado que no supere 2 Salarios Mínimos Vitales y Móviles y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Usuarios y usuarias que reciban seguro de desempleo y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Usuarios y usuarias incorporados e incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Usuarios y usuarias que reciban una beca del programa Progresar;
  • Personas desocupadas o que se desempeñen en la economía informal y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales y sus hijos, hijas y quienes estén bajo su tenencia y tengan entre 16 y 18 años;
  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme la Ley 27.098;
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios que sean entes de primer grado y que estén registrados conforme la Ley 25.054;
  • Entidades de Bien Público como asociaciones civiles, simples asociaciones, fundaciones sin fines de lucro en forma directa o indirecta y organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que realizan programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscriptas ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC);
  • Beneficiarios y Beneficiarias del Programa CONECTAR IGUALDAD aprobado por el Decreto 459/2010 y sus modificatorios;
  • Habitantes de barrios populares inscriptos en el Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) creado por el Decreto 358/2017.

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