Atención tucumanos: ¿dónde reclamar en caso de inconvenientes con los vuelos en avión?

El revuelo por las llegadas de nuevas aerolíneas a la provincia generó gran demanda en los tucumanos que deben tener en cuenta donde reclamar en caso de que su vuela sufra algún inconveniente.

Se acerca la temporada de verano 2018, acompañada de las vacaciones  y la gente comienza a planificar su destino para vacacionar. En Tucumán este fenómeno se potenció gracias a la remodelación del aeropuerto Benjamín Matienzo, que permitió que el abanico de destinos de viaje sea aún mayor.

Sin embargo, la gran cantidad de viajeros dentro del territorio argentino, sumado a los que se van del país y a los que llegan, hace que las aerolíneas puedan verse dificultadas a la hora de funcionamiento. Por ello desde la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil) informan que es lo que se puede reclamar en cuanto a los vuelos y cómo realizar el trámite:

¿En qué casos puedo reclamar ante la ANAC?

- Equipaje (daños, faltantes, demora de entrega, extravío)

- Cancelaciones imputables a la empresa.

- Demoras  (Mayores a 4 horas  sin  prestación  de servicios incidentales: comunicación telefónica al punto de destino, comunicaciones locales; comidas y refrigerios acordes al tiempo de espera, alojamiento en hotel en caso de corresponder.

- Denegación de embarque.

- Imposibilidad de viajar por razones de salud.

¿En qué casos NO puedo reclamar ante la ANAC?

- Pasajes adquiridos por programas de acumulación de millas, puntos o kilómetros. (Ley 24.240 Defensa del consumidor).

- Inconvenientes suscitados por promociones (Ley 24.240 Defensa del consumidor).

- Cobros duplicados o inconvenientes con tarjetas de crédito o inconvenientes comerciales (Ley 24.240 Defensa del consumidor)

- Operaciones de transporte aéreo que no incluyen puntos en nuestro país.

- Servicios turísticos contratados a terceros no vinculados con el contrato de transporte.

- Provisión de servicios a bordo.

- Demoras (menores a 4 horas)

- Equipaje  indemnizado

- Pedidos de indemnización por daño moral, lucro cesante o perjuicios derivados (canalizados ante la Justicia Federal)

En caso de que el reclamo se encuentre dentro del ámbito de la institución, el usuario deberá completar un formulario (aquí) además de tener a mano el número de reclamo que realizó ante la compania y/o el PIR (Parte de Irregularidad de Equipaje), DNI y Ticket Aéreo Scaneado y Certificado Médico en caso que corresponda.

Es necesario tener en cuenta que la ANAC no tiene facultades de resarcir, indemnizar o compensar al usuario. Sólo tiene competencia para multar en el caso que correspondiera a las empresas transportadoras que incurran en algunas de las infracciones previstas en el Código Aeronáutico y sus reglamentaciones.

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