El beneficio, de hecho es tan amplio que abarca también a quienes ya hayan invertido en la provincia durante el año 2016. Los que decidan apostar a emprendimientos vernáculos podrán deducir entre el 75 y el 85% del Impuesto a las Ganancias.
Pero, como siempre, no todo lo que brilla es oro, la deducción sólo podrá ejecutarse siempre que no supere el 10% de la ganancia neta del ejercicio, pero el excedente se podrá aplicar en los cinco ejercicios fiscales siguientes a aquel en el que se efectuaron los aportes. El beneficio es retroactivo y comprende inversiones realizadas desde julio de 2016.
Para el caso de aportes de inversión en proyectos radicados en las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Misiones, Corrientes, Chaco, Formosa y Santiago del Estero, la deducción ser del 85%. Según detalló Producción en un comunicado, la inversión se tiene que mantener durante un mínimo de dos años, estar destinada a capitalizar un emprendimiento y ser de activos financieros liquidables en plazos de hasta 24 horas y en moneda local.
Para acceder al beneficio, el Ministerio implementó el "Registro de Instituciones de Capital Emprendedor", en el que se deberán inscribir las instituciones y los inversores interesados.
"Desde el Gobierno Nacional seguimos trabajando en mejorar las condiciones para que cada vez más emprendedores puedan desarrollarse y crecer en el país. Esta medida, que es parte de la Ley de Emprendedores, apunta a generar facilidades para los argentinos que apuestan por las ideas argentinas", sostuvo el secretario de Emprendedores y PyMEs, Mariano Mayer.