Veda electoral: estas son las prohibiciones que deberán tener en cuenta los tucumanos a partir de mañana 

De acuerdo al cronograma del Calendario Nacional Electoral, la veda comenzará a regir a partir de mañana viernes a las 8 y se extenderá hasta tres horas después del cierre de las urnas.  

Este domingo 14 de noviembre los argentinos votarán para elegir diputados y senadores nacionales, y previamente a las elecciones, de acuerdo al cronograma del Calendario Nacional Electoral, la veda comenzará a regir en todo el país a partir de las 8 de la mañana del viernes, es decir desde mañana, y se extenderá hasta después del cierre de las urnas. 

Esto significa que los tucumanos, durante ese lapso de tiempo, deberán tener en cuenta una serie de prohibiciones sobre determinadas prácticas y actividades sociales. 

De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral establece las prohibiciones durante la veda electoral:

  • Admitir reuniones de electores o depósito de armas durante las horas de la elección a toda persona que en los centros urbanos habite una casa situada dentro de un radio de ochenta metros (80 m) alrededor de la mesa receptora. Si la finca fuese tomada a viva fuerza deberá darse aviso inmediato a la autoridad policial.
  • Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral, durante su desarrollo y hasta pasadas tres horas de ser clausurado. 
  • Venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas hasta transcurridas tres horas del cierre del comicio. 
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino. 
  • A los electores, la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada.
  • Realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde cuarenta y ocho horas antes de la iniciación del comicio y hasta el cierre del mismo. (Inciso sustituido por art. 4 de la Ley N°25.610 B.O. 8/7/2002). 
  • La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) del lugar en que se instalen mesas receptoras de votos. La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente. No se instalarán mesas receptoras a menos de ochenta metros (80 m.) de la sede en que se encuentre el domicilio legal de los partidos nacionales o de distrito. 
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas después de su cierre. (Inciso incorporado por art. 4 de la Ley N°25.610 B.O. 8/7/2002).


 

Datos útiles al momento de ir a votar 

A partir de las 8 de la mañana de este domingo 14 de noviembre de 2021, los centros de votación estarán abiertos en todo el país, y teniendo en cuenta que la pandemia no ha finalizado, la Cámara Nacional Electoral detalló que, entre las 10.30 y 12.30 hs, las mesas de votación tendrán prioridad para personas que tengan una condición de salud preexistente y sean pacientes de riesgo contra el covid-19. No obstante, las mesas permanecerán abiertas para todos los votantes en ese horario, pero tendrán que ceder su lugar si aparece alguna persona con las características mencionadas anteriormente.