En las últimas horas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó la prórroga de la suspensión de la iniciación de juicio de ejecución fiscal, además de la traba de medidas cautelares contra las micro y pequeñas empresas, y otros contribuyentes que desarrollen actividades que se vieron afectadas de manera crítica por la pandemia.
En este sentido, el ente recaudador oficializó la extensión hasta el próximo 31 de mayo. La medida quedó establecida mediante la Resolución General 4953/2021 y lleva la firma de la titular de la entidad, Mercedes Marcó Del Pont. De acuerdo a lo contemplado por esta resolución, el fisco solo podrá avanzar en sus reclamos por deudas contra las grandes y medianas compañías que no pertenezcan a los sectores afectados.
Según estimó la AFIP, este último grupo, el que no se encuentra afectado por el contexto sanitario, representan “a menos del 1%” de todos los aportantes a nivel nacional. Por otro lado, el organismo también suspendió hasta el 31 de mayo también la traba de embargos sobre fondos y/o valores de cualquier naturaleza.
La normativa de la entidad estatal tiene que ver con el crítico contexto actual. “Dichas medidas han sido adoptadas en el marco de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19 a fin de morigerar el impacto negativo y no deseado sobre diversos sectores de la economía y generar las condiciones necesarias para lograr la recuperación de la actividad productiva y preservar las fuentes de empleo”, expresa la resolución.
La AFIP remarcó que “la extensión de los beneficios alcanza exclusivamente a las micro y pequeñas empresas así como a aquellos contribuyentes que desarrollan actividades afectadas en forma crítica”. “La medida se suma a los distintos beneficios implementados a lo largo de la pandemia. Asimismo, se iniciarán las acciones necesarias para recaudar los ingresos tributarios adeudados por aquellos sectores económicos que en la actualidad no se encuentran afectados en forma crítica”, comunicó el organismo.