Los asesores de empresas tucumanas destacan que la cantidad de reclamos en la Justicia se disparó en los últimos años porque, al ser de acceso gratuito para el trabajador, muchas peticiones se presentaron con escasos fundamentos o montos exagerados.
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) indica que "el trabajador gozará del beneficio de la gratuidad en procedimientos judiciales o administrativos derivados de la aplicación de esta ley, estatutos profesionales o convenciones colectivas".
Además, el Código Procesal Civil y Comercial de la nación, indica que “la parte vencida en el juicio deberá pagar todos los gastos de la contraria”.
Y excepcionalmente y con resolución debidamente fundada el juez podrá eximir total o parcialmente de las costas al litigante vencido.
Por eso, en muchos casos, destacan que algunos trabajadores “se tiran a la pileta” con los reclamos porque al ser insolventes, no tienen que pagar las costas y los juzgados reparten los gastos entre las partes involucradas.
De esta manera, muchas veces las empresas terminan pagando parte de las costas, aún en el caso en que resultan vencedoras. Para los empresarios, de esta manera, se estimula la litigiosidad.
Sobre este punto, los letrados de las compañías son más cautos que los hombres de negocios y explican que aquella se incrementaría aún más si nunca se le pudiesen imponer las costas al trabajador.
En ese caso, sí se constituiría un incentivo para reclamos infundados, porque no habría riesgo para la parte que reclama.
En ese contexto, varias cámaras empresarias comenzaron a pedir una ley que desaliente los pedidos judiciales y apuntan contra el acceso gratuito y la no imposición de costas a los ex dependientes reclamantes de una compensación económica. Y piden al ministerio de Trabajo discutir este tema y pensar en una posible reforma.