Tiempo atrás, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) puso en funcionamiento el servicio web “Libro de Sueldos Digital” (LSD) con inclusión obligatoria a partir del período devengado mayo/junio 2021. En este sentido, se les otorgó a los empleadores un período para efectuar pruebas en el servicio web, previo a su utilización “en vivo”.
De este modo, el ente recaudador dispuso que quienes deban usar el servicio del LSD a partir de esa fecha, el período de prueba estará vigente hasta el 14 de mayo de este año. Por su parte, los empleadores que deban utilizarlo a partir del devengado junio tendrán el módulo de prueba disponible hasta el 11 de junio.
Cabe destacar que la AFIP puso en funcionamiento el LSD varios años atrás a través de la Resolución General N° 3781/2015 y normas complementarias. Sin embargo, la utilización se torna obligatoria recién a partir de la notificación de la AFIP. Las comunicaciones habían sido paulatinas hasta la fecha, aunque en el último tiempo se reactivó su envío.
Esta herramienta digital de la entidad estatal permite almacenar liquidaciones de haberes de los empleados, unificando en un único trámite varios procesos de payroll. Asimismo, se nutre de información de otros sistemas de la entidad por lo que los datos obrantes en estos registros deben resultar íntegros, actualizados y consistentes entre sí.
Para poder empezar a utilizar este instrumento de la AFIP, es recomendable validar que los datos provenientes de los otros sistemas con los cuales interactúa el LSD sean los correctos. Luego, se deberá proceder a la parametrización de los conceptos de liquidación de la empresa con aquellos conceptos estándar determinados por la AFIP, con lo cual se podrá pasar a la fase de testeos y aprobación final de la implementación.