El nuevo plazo vencerá el 31 de enero de 2022, a través del cual podrán regularizarse las obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31/8/2021 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI – Comunas Rurales-, a los Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y la Tasa Retributiva de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
En este sentido, desde el organismo informaron que el acogimiento a la moratoria tiene como beneficio la reducción del 100% de los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2019. Asimismo se prevén las siguientes reducciones: 70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60%mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta el mes de mayo de 2022, inclusive.
Asimismo, la Dirección General de Rentas recordó que para acceder a la misma, es condición tener cumplidas y abonadas las obligaciones tributarias cuyos vencimientos operen a partir del 1/9/2021 hasta el momento del acogimiento al plan. Es decir, los anticipos 8-9-10-11 y 12/21 de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y para la Salud Pública y las cuotas 9-10- 11- 12/21 y 01/22 de los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores y Rodados.
Por último, informaron que la modalidad para el acogimiento es únicamente a través de la página web de la DGR y mediante el uso de clave fiscal otorgada por la AFIP.