Producto de la pandemia de coronavirus, son múltiples las herramientas que desplegó el Gobierno por medio de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). El objetivo es hacer amena la crisis económica en los contribuyentes.
En este sentido, la entidad decidió prorrogar hasta fin de año la vigencia de distintos beneficios destinados a aliviar el impacto económico de la pandemia sobre los contribuyentes y facilitar trámites en el marco de la emergencia sanitaria.
La misma coincide con la extensión del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO), anunciado el pasado viernes por el presidente Alberto Fernández. Sin embargo, es necesario remarcar que en el caso de la normativa de la AFIP no se prolongan hasta el 20 sino hasta el 31 de diciembre.
Entre los principales aspectos se destacan:
Monotributistas: Ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por la falta de pago de sus obligaciones durante noviembre. La normativa también suspendió las exclusiones de monotributistas correspondientes a octubre.
Embargos y ejecuciones fiscales: Prórroga de la suspensión de los embargos hasta el 31 de diciembre para aquellos contribuyentes inscriptos en el Registro MiPyme. La Resolución General N°4868 también mantiene suspendida la iniciación de ejecuciones fiscales.
Presentaciones Digitales: Se mantiene la obligación del uso del servicio hasta el 31 de diciembre. Para utilizarlo es necesario contar con clave fiscal y Domicilio Fiscal Electrónico, registrado y confirmado. De esta forma, los ciudadanos no deben concurrir a las dependencias para registrar su foto, firma y huella dactilar.
Planes de pago permanentes: Se extienden hasta el 31 de diciembre los beneficios en materia de tasas de interés, cantidad de cuotas y calificación de riesgo previstos para la "adhesión temprana" a planes permanentes.