Paso a paso: cómo deben hacer los tucumanos para saber si están habilitados para comprar dólares

Se espera que esta semana las operaciones con la moneda extranjera sean normales en todos los bancos. 

El “feriado bancario virtual” llega a su fin tras varios días sin operación cambiaria y luego de un acuerdo entre la ANSES y el Banco Central. Cabe destacar que, luego del endurecimiento del cepo, los homebanking de bancos no permitían la compra de dólares. La excusa de los bancos fue la solicitud para que el organismo aportara su base de datos para saber quién podía adquirir divisas.


Finalmente esto ocurrió y hay un mecanismo establecido para que los usuarios puedan corroborar si están habilitados a acceder a la compra de la moneda extranjera. Para ello, deben visitar el sitio oficial de consulta que habilitó ANSES. Luego, la persona deberá ingresar el CUIT e indicar el periodo en el cual se desea conocer el estado de situación para la compra de divisa.

Luego de estos pasos, el organismo estatal emitirá una respuesta con los datos para confirmar si es posible acceder a la compra de dólares. A este procedimiento pueden acudir los bancos, como las personas físicas a las que les interese conocer su estado. En relación a esto, los usuarios sabrán si están habilitados para la compra o si no pueden comprar dólares.

En este sentido, a las personas a las que el sistema arroje la leyenda “Denegatoria Certificación Negativa” podrán acceder a la compra de dólares. Caso contrario, los usuarios a los que no les sale esa notificación, es porque hay algo que lo impide. En caso de que la persona cumpla con todos los requisitos y no esté habilitado para la transacción, deberá actualizar datos y certificar que realmente cumple con las condiciones establecidas.


Cabe destacar que el mismo BCRA fue quien estableció que las entidades bancarias deberán realizar una consulta “de la que resulte una certificación negativa denegada por contar la persona con ingresos propios por estar en relación de dependencia, ser beneficiaria de haberes previsionales o ser trabajadora autónoma, monotributista o de casas particulares”.

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