El Ministerio de Relaciones Exteriores confirmó ayer una noticia que los tucumanos estaban esperando, el ingreso de la Argentina al SGP que permitirá el ingreso de 700 productos argentinos sin arancel, entre los cuales hay 15 tucumanos que se mayormente se producen en la provincia.
El ingreso del país al Sistema Generalizado de Preferencias, es ampliamente beneficioso para los empresarios y agropecuarios tucumanos. El país se quedó fuera del SGP durante el 2012, cuando el entonces presidente, Barak Obama, suspendió a la Argentina por considerar que no actuó de buena fe en los casos que se resolvieron a favor de las empresas Azurix y Blue Ridge Investment en el marco de CIADI, por la cancelación de contratos en medio de la crisis Argentina de 2001.
Lo más importante es que la lista de productos, que pueden ingresar sin arancel se publicó dando un margen de tiempo a los empresarios para cumplir con todas las condiciones exigidas por el mercado estadounidense.
En el caso de las mercancías producidas principalmente en Tucumán, la lista es la siguiente:
- Tomates, frescos o refrigerados, ingresados del 15 de noviem-bre hasta el último día de febrero del año siguiente
- Semillas de alubias, incluidas las alubias blancas de los tipos utilizados para la siembra
- Alubias secas, incluidas las alubias blancas, sin cáscara, si se ingresan del 1 de mayo al 31 de agosto inclusive, en cualquier año
- Alubias secas, incluidas las alubias blancas, sin cáscara, si se ingresan del 1 de septiembre al 30 de abril, o retiradas para el consumo en cualquier momento
- Porotos secos sin cáscara, si entran por consumo durante el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de agosto inclusive, en cualquier año
- Frutas cítricas, no expresadas ni comprendidas en otra parte, frescas o secas, incluidas las kumquats, las cidras y las bergamotas
- Frutillas, frescas, si entran durante el período comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, inclusive
- Caña de azúcar, fresca, refrigerada, congelada o seca, incluso molida
- Azúcar de caña, crudo, especificado en la subpartida 2 al capítulo 17, en forma sólida, sin adición de aromatizantes o colorantes, sujeto a la gen. nota 15 del del Sistema Armonizado de Estados Unidos
- Limones
- Arándanos
- Los condimentos mixtos y los aderezos mixtos, no se descri-ben en la nota adicional de los Estados Unidos 3 al cap. 21
- Vino espumoso, hecho de uvas
- Tabaco, no despalillado o despalillado, con no más del 35% de tabaco envolvente, no burley curado al humo, etc.
- Aceites esenciales de limón
Si querés acceder al listado de los 700 productos pinchá en este link.
Tu opinión enriquece este artículo: