Impuesto a las Ganancias: ¿cuántos tucumanos dejarán de pagar y cuándo se les devolverá el retroactivo?

La medida tendrá vigencia al 1 de enero de este año por lo que se les devolverá el dinero descontado, desde ese tiempo hasta ahora, a los trabajadores correspondientes.

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La modificación al Impuesto a las Ganancias quedó establecida el pasado jueves en la Cámara de Senadores de la Nación. El proyecto alcanzó sanción con 66 votos a favor y una abstención. Esta medida fue celebrada en la provincia por la cantidad de salteños que se beneficiarán con la sanción de esta normativa. 


Sucede que, tras la aprobación de esta normativa, en la provincia dejarán de pagar el gravamen 30.082 empleados y empleadas, jubilados y jubiladas. En total, con la propuesta de subir el piso del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a 150 mil pesos, 1.267.000 trabajadores y jubilados de todo el país quedarán exentos del pago de este tributo, que además se reducirá para el 90 por ciento de las empresas. 

Entre los detalles de la modificación de este impuesto, se destaca el hecho de que el nuevo piso de $150.000 alcanza también a jubilados que perciban hasta ocho haberes mínimos. Por su parte, aquellos contribuyentes que cobran entre 150 mil y 173 mil pagarán el gravamen. Sin embargo, en estos casos, la AFIP establecerá deducciones para evitar grandes diferencias entre los que deben tributar y los que están exentos. 

Cabe destacar que esta modificación en el Impuesto a las Ganancias tendrá vigencia al 1 de enero de este año. Por esta razón, se les devolverá el dinero descontado desde ese tiempo hasta ahora a los trabajadores correspondientes. En este sentido, el Gobierno nacional confirmó que la fecha para percibir ese retroactivo será este mismo mes de abril, por lo que en los próximos días comenzarán a percibir la acreditación del dinero tributado en enero, febrero y marzo. 

La normativa impone también que el aguinaldo de los sueldos hasta 150 mil pesos brutos tampoco pagarán el impuesto, en tanto que el personal de salud seguirá eximido hasta septiembre por guardias u horas extras. 


Asimismo, el impuesto contará con la incorporación de la “deducción por viáticos y movilidad” y también “amplía la deducción” a la persona que sea concubina, por lo que no se solicitará un acta de matrimonio. Del mismo modo, quedaron excluidos los “bonos por productividad” y las “herramientas educativas” de hijos con tope de 40% anual, que incluye aparatos tecnológicos. Se estableció, además, que de acuerdo al Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) la actualización de ese piso se realizará cada año. 

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