El Gobierno nacional oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que el Estado otorgaba a las empresas de transporte automotor de larga distancia por la entrega de pasajes gratuitos a personas con discapacidad, personas trasplantadas, en lista de espera y niños, niñas y adolescentes con cáncer.
La decisión fue formalizada mediante la resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial. “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674″, establece la normativa.
De esta manera, el Estado dejará de cubrir parcialmente el costo de los boletos gratuitos que las compañías debían otorgar a los beneficiarios alcanzados por esas leyes. Sin embargo, el derecho a viajar sin cargo continuará vigente y las empresas deberán seguir garantizando los pasajes.
Según explicó el Gobierno, el cambio responde al nuevo marco regulatorio establecido por el Decreto 883/2024, que flexibilizó el funcionamiento del transporte de larga distancia y permitió a las compañías definir recorridos, horarios, tarifas y modalidades operativas con mayor libertad.
Desde la Secretaría de Transporte sostuvieron que ese nuevo esquema modificó “la base jurídica y económica” que justificaba el sistema de compensaciones estatales, por lo que consideraron innecesaria su continuidad.
La resolución también ratificó que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continuará siendo el organismo encargado de controlar el cumplimiento de la entrega de pasajes gratuitos por parte de las empresas.
Por último, la medida incorpora una cláusula transitoria para resguardar procedimientos y derechos ya iniciados antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.
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