Fecha límite para que las empresas inscriban al ATP y más limitaciones respecto al dólar

La última determinación del Banco Central afecta también a los trabajadores. 

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción al Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP). Los empleadores que requieran la asistencia estatal para el pago de los salarios de septiembre deben registrarse con su clave fiscal en afip.gob.ar entre los días 28 de septiembre y 2 de octubre, inclusive.


El programa ATP forma parte de las políticas contracíclicas implementadas para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19. En agosto más de 165.000 empresas accedieron a los beneficios que les permitieron hacer frente al pago de los salarios de 1.760.000 trabajadores y trabajadoras. De esta forma, el Estado argentino lleva invertidos cerca de $194.000 millones en el plan para sostener los puestos de trabajo del sector privado.

Esta herramienta prevé que aquellos empleadores con una variación nominal negativa en su facturación entre los meses agosto de 2020 y 2019 accedan al salario complementario. Por su parte, las firmas que presenten una variación nominal positiva en su facturación de entre 0% y 40% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada. La tasa de interés para las financiaciones será en todos los casos del 15%.

A través de la Decisión Administrativa 1760/2020, publicada el lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno declaró quince nuevos sectores críticos. La ampliación de la nómina de las actividades que se consideran gravemente afectadas por la pandemia incorpora a los siguientes rubros al programa ATP:

  • Servicios para la aeronavegación; de hangares y estacionamiento de aeronaves, y complementarios para el transporte aéreo.
  • Alquileres de automóviles sin conductor; de vehículos automotores y de equipo de transporte, sin conductores ni operarios, y de equipos de transporte para vías acuática y aérea, sin operarios ni tripulación.
  • Elaboración de vinos.
  • Fabricación de accesorios y prendas de vestir de cuero.
  • Terminación y teñido de pieles y fabricación de artículos de piel.
  • Ventas al por menor de prendas de cuero, artículos de talabartería y artículos regionales, y de marroquinería y paraguas.


Restricciones del Banco Central

En relación a este programa del salario complementario, en las últimas horas la máxima autoridad financiera confirmó que los trabajadores que cobraron ATP también quedaron excluidos de la compra de dólar. De esta manera, las personas que se vieron beneficiadas por el programa al que se adhirieron sus empleadores no podrán acceder a los 200 dólares mensuales. 

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