Los comercios deberán mantener los precios hasta el próximo mes (¿hay excepciones?) 

Los consumidores podrán acceder al listado de valores prorrogados.

El pasado miércoles, el Gobierno nacional dio a conocer en el Boletín Oficial la prórroga hasta el 30 de agosto de la vigencia de los precios máximos dispuestos en productos básicos que incluyen alimentos, bebidas, artículos de higiene y limpieza. Los productos deben mantener el precio al 6 de marzo. 


Cabe señalar que mediante la Resolución 200/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, se establece esta medida en el marco de las políticas del Gobierno nacional destinadas a dar respuesta a la crisis económica por la pandemia de coronavirus. 

Por su parte, Francisco Nader, director de la Dirección de Comercio Interior de la Provincia (DCI), explicó que esta es la tercera prórroga de precios máximos y que continuará bajo las mismas condiciones que viene siendo desde marzo cuando se lanzó. “En Tucumán el programa alcanza alrededor de 1.600 productos, que deben mantener el precio que tenían al 6 de marzo”, indicó. 

A su vez, aclaró que la única salvedad que se incluye en esta oportunidad “es que se le faculta a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación a autorizar algunos incrementos, siempre y cuando el que lo solicite justifique que su estructura de costos sufrió una modificación importante”. Además, indicó que “los productos deben estar señalizados en góndola como un producto de precios cuidados”.

Por último, es preciso señalar que los precios deben ser aplicados en locales de venta a consumidores, tales como: hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios, mini mercados minoristas y supermercados mayoristas. 


Aquellos consumidores que deseen acceder a la lista de valores prorrogados pueden ingresar aquí.

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