Sin despedir empleados: el Gobierno prorrogó la prohibición de despidos ¿desde y hasta cuándo rige?

Las empresas tucumanas cuentan con el privilegio de poder funcionar a pesar de la emergencia sanitaria. 

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La semana pasada, el Gobierno nacional prorrogó la prohibición de despidos y suspensiones hasta el próximo 30 de septiembre. La resolución, que había sido prorrogada, vence el próximo viernes 31 de julio, día en que se extenderá por dos meses más. La medida se tomó inicialmente en el mes de abril, luego de que el presidente Alberto Fernández increpara a los empresarios que en medio de la cuarentena obligatoria despiden personal. 


Sin embargo, es necesario tener en cuenta ciertos puntos fundamentales de esta normativa. Como medida principal, la reglamentación prohíbe “efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor” por 60 días más. Asimismo, la norma también prohíbe “efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Cabe aclarar que las suspensiones acordadas con el sindicato quedan exceptuadas de esta normativa.

Esta medida se lleva adelante “en el marco de la emergencia pública en materia económica, financiera,fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social”. Esta ley ahora fue prorrogada hasta el próximo 30 de septiembre. “Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días contados a partir de la fecha de publicación” del decreto en el Boletín Oficial.

La determinación del Gobierno destaca que “la crisis económica en que se encontraba el país se vio agravada por el brote del nuevo Coronavirus. Que diera lugar a la declaración de pandemia por COVID -19, por parte de la Organización Mundial de la Salud (OMS)”. Además, se dispuso prohibir también las suspensiones “por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”. Siempre dentro de los próximos 60 días.


“En esta instancia corresponde tutelar en forma directa a los trabajadores y a las trabajadoras como correlato necesario a las medidas de apoyo y sostén para el funcionamiento de las empresas, en este contexto de emergencia”, detalla el decreto original publicado al principio. “Esta crisis excepcional conlleva la necesidad de adoptar medidas de idéntica índole asegurando a los trabajadores y a las trabajadoras que esta situación de emergencia no les hará perder sus puestos de trabajo. Ya que el desempleo conlleva a la marginalidad de la población”, remarca el texto oficial.

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