¡Atentos tucumanos! se vienen cambios, escalas y facturación máxima para el monotributo 2020

Producto de la inflación, desde el 1 de enero comenzarán a regir cambios en los valores nominales. Todos los detalles en la nota.

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La inflación no da tregua al país que, desde mediados del año pasado, Argentina atraviesa una fuerte crisis cambiaria. Todo esto repercute en el monotributo que sufrirá una nueva actualización que comenzará a regir desde el 2020. Sucede que, tal como lo estipula la Ley de Monotributo, el AFIP deberá difundir en los próximos días los nuevos valores que regirán durante el año que viene.


El incremento será del 51,1% y ese porcentaje corresponde a la movilidad de jubilaciones y prestaciones sociales de este año, que se aplica también para actualizar las categorías de los monotributistas con los ingresos brutos anuales, los alquileres devengados anuales y el importe a pagar mensualmente tanto por la parte impositiva como por el aporte previsional y de salud.

La ley de movilidad ajusta cada tres meses un 70% por inflación y 30% por el RIPTE (salarios formales) con una desfase o retraso de 6 meses. El índice de diciembre aún no fue oficializado (la Resolución se publicará antes de fin de mes) pero desde fines de agosto pasado se sabe que arroja un 8,74%, lo que eleva el ajuste anual al 51,1%.

De esta manera, al igual que las jubilaciones y demás prestaciones sociales, el ajuste del Monotributo será inferior a la inflación que se estima podría rondar este año el 55,6%, según el relevamiento del BCRA. En consecuencia los topes para permanecer en el régimen del Monotributo pasarán de $1.151.066 a $1.739.261 para el caso de quienes presten servicios y de $1.726.599 a $2.608.892 para quienes realicen ventas de mercaderías o cosas muebles.

En tanto, la cuota mínima sube de $ 1.294.- a $ 1.955.- para los monotributisas puros tanto de servicios como de venta de mercaderías. Y la máxima de $ 6.254.- a $ 9.450.- para los locadores y prestadores de servicios (categoría H) y de $ 9.738.- a $ 14.174.- para quienes tengan actividad de comercio (categoría K)

Se estima que hay 1,6 millones de monotributistas “puros” - pagan la cuota completa con los tres componentes, según los datos del Ministerio de Producción y Trabajo, y otro millón que simultáneamente se desempeña en relación de dependencia, quienes pagan solo la parte impositiva.

En el caso de las cuotas, hay dos variantes. Si el Monotributista trabaja al mismo tiempo en relación de dependencia (variante 1) solo abona el impuesto, ya que está eximido de aportar la cuota de jubilación y de obra social que ya la abona como empleado dependiente. Si es Monotributista “puro” (variante 2) abona el impuesto y las cuotas de jubilación y de obra social.


El aporte previsional varía según las categorías, mientras el aporte a la obra social será una cuota de $ 1.041,07 similar para todas las categorías. Así quien en 2020 estará en la categoría A abonará una cuota mensual de $ 168,95 en la variante 1 - ya sea si factura servicios orcadería- o de $ 1.955,41 si estará en la variante 2.,

A partir de la categoría C, los valores ya no son similares para servicios o venta de cosas muebles. Por ejemplo, en la categoría E si es monotributista variante 1 su cuota será $ 1.349,15 si vende mercadería o $ 1.739,26 si presta servicios.

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