Ley de alquileres: todo lo que tenes que saber sobre las modificaciones y cuándo entra en vigencia 

Te contamos el paso por paso de los principales cambios. Todos los detalles en la nota. 

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Debido a la crisis que arrojó la pandemia, se supo que la mitad de los inquilinos no pudieron pagar el alquiler en los últimos meses y ante la falta de acceso a créditos para la compra de viviendas se tuvo en cuenta como unos de los puntos claves para la sanción de esta nueva ley, la cual brinda diversas modificaciones en beneficio para los inquilinos. De esta manera, en Tucumán comienza una semana con la nueva ley de alquileres la cual fue sancionada el pasado jueves con 41 votos a favor y ninguno en contra. Luego que venza el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 320 entrará en vigencia el 30 de septiembre. 


El universo perteneciente a inquilinos de nuestra provincia esperaban que esta ley sea aprobada debido a que establece modificaciones que los beneficiará en diversos puntos. En los últimos días se supo que el nuevo esquema de regulación beneficiará a 9 millones de inquilinos. 

Estas son las modificaciones que arroja la ley de alquileres y los puntos claves que deberán tener en cuenta los tucumanos. 

  • Aumentos una vez al año
  • Contratos más largos 
  • Reducción de la garantía 
  • Cambios en la renovación y rescisión de los contratos 

En el primer punto, los aumentos de los alquileres ya no serán semestrales sino anuales, y estarán sujetos según las expectativas de la inflación, el cual estará conformado en partes iguales por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que revela el Indec, y la variación salarial (Ripte) por Anses. Es decir que, en el contrato no va a decir cuál es el monto a pagar por semestre ya que este monto se irá calculando a medida que pasan los 12 meses. 

El segundo punto se refiere a la extensión de los contratos, los que eran de dos años pasarán a tres años, lo cual implica una mayor estabilidad para la familia. Respecto a las garantías, el locatario deberá proponer que pueden ser un título de propiedad, aval bancario o seguro de caución, y el propietario deberá elegir uno de ellos. 

El tercer punto tiene que ver con la reducción del depósito de garantía, el cual pasará a equivaler a un mes de alquiler y cuando finalice el contrato la devolución deberá ser en el momento de la restitución del inmueble, y actualizada al valor del último mes de alquiler. 

En el punto cuatro sobre los cambios de la renovación de los contratos, la nueva ley establece la obligatoriedad de acordar las condiciones de renovación con tres meses de anticipación para que los inquilinos puedan tener tiempo para buscar otra vivienda. Antes el locador no tenía obligación de informar si seguiría renovando el alquiler o finalizar el mismo, en cambio ahora debe hacerlo. Otra modificación es que cambian los plazos para rescindir el contrato, teniendo en cuenta que en la actualidad no se puede rescindir dentro del primer cuatrimestre, con esta nueva medida se podrá rescindir en cualquier momento del primer año y la multa correspondiente será pagar un mes y medio de alquiler, y respecto al segundo y tercer año se podrán rescindir con un mes de multa. 


Por último, se tomarán medidas para facilitar el acceso a la vivienda, esto tiene que ver con que se creará el Programa Nacional de Alquiler Social y, a su vez se iniciará disposiciones de bajo costo o gratuitos para la resolución de conflictos de los contratos de locación. 

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