Entre las medidas económicas que anunció el nuevo Gobierno, se encuentra el proyecto de moratoria para las pymes y que fue aprobado en el Congreso. Esa normativa permitirá refinanciar el stock de deuda de corto a largo plazo, incluyendo condiciones de condonación de intereses y multas.
Es necesario remarcar que para ingresar a esta moratoria, las empresas deberán tener vigente el Certificado Mi PyME, o adherir en forma condicional con el compromiso de obtenerlo hasta el 30 de abril. El plazo para acogerse sería desde el mes calendario siguiente desde su publicación en el Boletín Oficial, en enero del 2020.
Justamente este es uno de los principales flagelos que presenta el sector, dado que hoy casi un 40% de las firmas no cuentan con esta documentación. Esto se debe a los arduos controles que exige el sistema de AFIP al momento de emitirla.
Por otro lado, hay varios beneficios a tener en cuenta del nuevo proyecto de Regularización de obligaciones Tributarias de la Seguridad Social y Aduaneras para las pymes. Se podrán refinanciar planes vigentes (permite diferir deudas de corto en largo plazo) y/o caducos a la fecha de vigencia de la ley (Deudas vencidas al 30 de noviembre de 2019). También incluirá compromisos asumidos que estén “en discusión administrativa, contencioso administrativa y/o judicial”.
La iniciativa también prevé la condonación de sanciones que no estén firmes a la fecha de acogimiento ni tampoco abonadas. Además incluirá la condonación de intereses resarcitorios y/o punitorios en un porcentaje, de acuerdo a la antigüedad de la deuda. Cuanto más antigua, mayor será la reducción. No incluiráART, impuesto a los combustibles y las apuestas, entre otros
La moratoria contemplará como forma de pago la compensación con saldos de libre disponibilidad, reintegros o reembolsos de cualquier deuda, pago al contado con reducción del 15% del monto a pagar, plan de pago de hasta 60 cuotas para aportes al Sistema Único de Seguridad Social y de hasta 120 cuotas para el resto de las obligaciones.
Además, las pymes también podrán gozar de una tasa del 3% de financiación los primeros 12 meses, y luego accederán a una tasa variable, equivalente a la BADLAR que utilizan los bancos privados. En esta oportunidad, no operará el sistema de perfil de riesgo SIPER, y la caducidad será por falta de pago de hasta 6 cuotas. Mientras que la primera cuota vencerá el 16 de julio de 2020 y podrá tener un pago a cuenta no definiendo importe alguno.
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