Recategorización automática para los monotributistas “tramposos”

El proceso mensual para la recategorización comenzará el próximo 21 de septiembre y el primer día hábil de octubre se publicará en el Boletín Oficial la nómina de quienes fueron reubicados.

A partir de octubre, la AFIP pondrá operativa la potestad que le dio la ley el año pasado de no sólo excluir a los monotributistas del Régimen Simplificado cuando superen los topes de la categoría más alta, sino también “recategorizarlos”: subir su lugar en la escala, cuando el organismo considere que por los montos de gastos con tarjeta, expensas o colegios de los hijos, por ejemplo, están facturando más de lo que declaran.

Para los autónomos, el titular de la AFIP, Alberto Abad, anunció que se recalcularán los anticipos del Impuesto a las Ganancias teniendo en cuenta la suba del mínimo no imponible y el cambio en las escalas del tributo.

El subdirector general de Servicios al Contribuyente ejemplificó que si una persona pagó impuesto en 2016 por $ 50.000, este año debe pagar 5 anticipos de $ 10.000, pero como esos anticipos serán recalculados, puede darle a pagar la cifra por ejemplo de $ 8000. Como el primer anticipo ya se pagó, el segundo será de $ 6000 y los tres últimos de $ 8000.

Por otra parte, la AFIP cambió definitivamente a junio el vencimiento de los impuestos de Ganancias y Bienes Personales para personas físicas y de Ganancia Mínima Presunta de explotaciones unipersonales y sociedades irregulares. Por eso, también corrió dos meses los anticipos de los gravámenes, de tal modo que el próximo debería caer en agosto, pero como ya se pagó uno en julio, el próximo es en octubre. Abad dijo que esto despeja financieramente el panorama de quienes ingresaron al miniplan de las 3 cuotas para esos impuestos.

Respecto del Monotributo, el proceso mensual para la recategorización comenzará el próximo 21 de septiembre y el primer día hábil de octubre se publicará en el Boletín Oficial la nómina de quienes fueron reubicados en la escala de oficio por la AFIP. Pero, aunque esa es la obligación legal, también se podrá entrar con clave fiscal al portal de la AFIP o al del Monotributo para conocer la propia situación. Y ni siquiera esto será necesario si el contribuyente bajó a su teléfono la aplicación “Mi Monotributo” que directamente se lo avisará al abrirla. E incluso, ya que desde el 1 de octubre es obligatorio para todos los monotributistas tener domicilio electrónico, la AFIP anunciará la novedad en la e-ventanilla y enviará un mail al afectado. Además, después de publicada la novedad, el contribuyente contará con 15 días para presentar disconformidades.

Otra novedad es que en el nuevo portal exclusivo y en la aplicación para el celular “Mi Monotributo” aparecerá desde el próximo 15 de agosto una nueva ventana que se llamará “Mis desvíos”, la que dirá por ejemplo que el monotributista no está adherido al domicilio electrónico, con un botón para “Adherirme”; o que la actividad económica es incorrecta para la categoría; o que hay actividad registrada sin pedido de CAI para facturas en papel y sin punto de venta para factura en papel o electrónica. Y en el caso del Monotributista puro, con inconsistencia en la categoría, por ejemplo, si los gastos superan el 80% de los ingresos.

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