La velocidad a la que avanza el coronavirus en el país obligó a las autoridades argentinas a tomar medidas excepcionales y de urgencia. Con la emergencia sanitaria declarada y el aislamiento social obligatorio, el Gobierno de Alberto Fernández, implementó una serie de disposiciones para regular el mundo del trabajo.
En este sentido, se decidió que la mayoría de los trabajadores no asistan a los lugares de trabajo tal cual lo ordenaba el decreto de aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por el Gobierno. En especial, cuando las tareas puedan ser realizadas de manera remota. Así, en el marco de la buena fe contractual y junto a su empleador, se definió cómo prestarán sus servicios, percibiendo la remuneración habitual.
De esta manera, en Tucumán como en el resto de las provincias, la mayoría de las actividades productivas que continúan su marcha, lo hacen apostando al home office o teletrabajo. Por esta razón, se modifica la regulación de trabajo a domicilio y se limitan las obligaciones del empleador al deber de notificar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART) la nómina de los trabajadores que prestan servicios bajo esta modalidad.
Para el caso de los trabajadores que no puedan prestar servicios en la forma descrita, las sumas que perciban hasta el 31 de marzo tendrán carácter no remunerativo. Excepcionalmente cotizan para el seguro de salud y las contribuciones al Instituto Nacional de Seguridad Social, Jubilaciones y Pensiones (INSSJP).
Mientras tanto, la extensión de la cuarentena en la Argentina mantiene pendiente la aclaración sobre la incorporación de rubros variables como horas extra, presentismo, viáticos, plus por productividad, premios y otros.
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