Beneficios para REPRO (Recuperación Productiva) y microPymes

Las micro, pequeñas y medianas empresas cuentan con un trámite simplificado para acceder al REPRO el cual fue instituido mediante la Ley N°27.264. Cómo obtenerlo.

Las empresas interesadas en acceder a Beneficios para las REPRO y las micro Pymes deberá demostrar su condición presentando el certificado de acreditación de la condición de micro, pequeña o mediana empresa emitido por el Registro de Empresas Mipymes o solicitud de categorización Mipyme conforme el régimen general de AFIP.

El procedimiento es más ágil porque estas empresas, en lugar de presentar a priori documentación contable, tendrán que presentar un informe socioeconómico laboral con parámetros elaborados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a través de su Dirección Nacional de Relaciones Federales, firmado por contador público y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas que detalle su situación.

La conformidad de adhesión al programa podrá ser efectuada por el delegado de personal de la empresa y en caso de no contar con delegado de personal, (empresas cuya dotación no supere los 10 trabajadores), dicha conformidad podrá ser prestada por cada uno de los trabajadores, sin perjuicio de que, si la empresa lo prefiere, puede presentar la conformidad del representante legal del sindicato correspondiente, aunque esto será opcional.

Este trámite será presentado y tramitado electrónicamente. La empresa solicitante deberá enviar la información y la documentación exigida en los anexos creados y aprobados por la Resolución Mteyss N°1029/16 al correo electrónico, aquí.

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