¿Cómo deben hacer las empresas para acceder a los últimos beneficios fiscales anunciados por AFIP?

La oficialización de esta nueva bonificación se llevó a cabo la semana pasada. 

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo oficial los beneficios fiscales previstos en la Ley de Economía del Conocimiento. La medida quedó establecida en el Boletín Oficial. Asimismo, “la normativa habilitó además el registro donde deben inscribirse los distintos contribuyentes para adherir al régimen de promoción”.


En este sentido, el ente recaudador brinda un bono de crédito fiscal intransferible hasta el 70% de las contribuciones patronales pagadas. La bonificación podrá ser destinada a cancelar otros impuestos nacionales como el IVA. Para acceder a este beneficio, es necesario inscribirse en el Registro Nacional de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento (Registro EDC), a través de la página web de la entidad. 

De esta manera, la AFIP establece que para hacer efectivo esta inscripción es necesario contar con Clave Fiscal nivel 3 como mínimo. Realizada la inscripción, el interesado puede continuar con el trámite a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE). También deberán realizar el trámite quienes ya son beneficiarios de la ley de Promoción de la Industria del Software.

Esta nueva resolución del organismo estatal resuelve que "los beneficiarios provenientes del Régimen de Promoción de la Industria del Software, podrán mantener vigentes hasta su agotamiento los saldos de los bonos de crédito fiscal no aplicados al 31 de diciembre de 2019". Asimismo, se establece que los beneficiarios que quieran renovar el beneficio luego de un año deberán completar el formulario N° 1278 de manera virtual desde la web.


Finalmente, es necesario remarcar que la AFIP pone a disposición la información de las contribuciones patronales ante la Subsecretaría de Economía del Conocimiento del Ministerio de Desarrollo Productivo. Los datos informados son: CUIT del empleador; CUIL del empleado; período; secuencia; original / rectificativa; remuneración 2; detracción utilizada; remuneración 10; contribución de seguridad social declarada in ANSSAL; y código de actividad de empleo.

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