Producto de la pandemia de coronavirus y de la crítica situación económica, el Gobierno estableció ciertas normas para aquellas personas que compran el dólar ahorro. Justamente, una de esas medidas fue la de establecer un recargo a cuenta del Impuesto a las Ganancias de 35%. El recargo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) rige hasta el próximo 31 de diciembre.
De esta manera, los tucumanos ahorristas podrán pedir la devolución una vez que finalice el año calendario, tal como lo indica la normativa, es decir en enero del 2021. Cabe destacar que hay ciertos requisitos que cumplir para poder solicitar esta devolución. Una vez que se cumplen los mismos, los usuarios deberán acceder al sitio que AFIP habilitó para realizar la operación.
Desde allí se podrán visualizar y seleccionar las percepciones que les fueron efectuadas. Cabe destacar que siempre se deberá incluir el extracto bancario o comprobante sobre el cual conste la percepción que se está informando. En caso de que esta no haya sido informada por la entidad, el usuario las podrá cargar de manera manual.
Una vez completados estos requerimientos, el sistema será quien emita una aprobación o rechazo a la solicitud requerida. Si la AFIP aprueba el reintegro, este se llevará a cabo a través de la cuenta bancaria cuyo CBU informó, previamente, el titular. Caso contrario, es decir que el sistema rechace la solicitud, será la entidad la encargada de notificar sobre esta situación.
Cabe destacar que este trámite lo realizan sólo las personas autorizadas para la compra de dólares. Sucede que, actualmente, es limitado el grupo de ciudadanos que puede acceder a los 200 dólares mensuales que permite comprar el Estado. El resto de las personas se encuentra inhabilitada, por diversas normativas, y sólo pueden acudir a la compra del dólar de una manera paralela y no oficial.
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