La legisladora Raquel Nievas presentó un proyecto de ley que propone suspender durante 180 días los aumentos y actualizaciones tarifarias aplicados al servicio eléctrico de EDET en Tucumán. La iniciativa también busca impedir que la empresa corte o interrumpa el suministro a usuarios residenciales, comercios y pequeñas empresas por falta de pago durante ese mismo período.
El proyecto toma como referencia la Resolución ERSEPT N° 596/26, mediante la cual se dispusieron actualizaciones en el cuadro tarifario. La propuesta plantea restablecer de manera transitoria los valores vigentes antes de esa resolución.
El texto admite únicamente las modificaciones derivadas de variaciones en los costos de generación y transporte de la energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista. Sin embargo, establece que esas actualizaciones no podrán traducirse en un incremento de la tarifa final que reciben los usuarios en sus boletas.
Uno de los puntos centrales de la iniciativa es evitar que la suspensión de los aumentos genere posteriormente una deuda acumulada para los usuarios. Por ese motivo, establece que EDET no podrá trasladar a facturaciones futuras las diferencias correspondientes al período alcanzado por la medida.
En caso de aprobarse la ley, la empresa tampoco podría aplicar ajustes, recuperos, compensaciones, recargos u otros conceptos similares para recuperar posteriormente los ingresos que dejaría de percibir por la restitución temporal del cuadro tarifario anterior. De esta manera, la suspensión no funcionaría como una postergación del pago para los usuarios.
Prohibición de cortes y regularización de deudas
El proyecto también contempla la prohibición de cortar, interrumpir o dar de baja el suministro eléctrico por falta de pago durante 180 días. La medida alcanzaría a hogares, comercios y usuarios de pequeñas y medianas demandas incluidos en la normativa.
Durante ese período, EDET tampoco podría iniciar procedimientos destinados a suspender el servicio cuando el único motivo sea la falta de pago de facturas comprendidas dentro del período de suspensión.
La propuesta aclara que la medida no elimina la obligación de pago ni extingue las deudas anteriores. El objetivo es garantizar la continuidad de un servicio considerado esencial mientras se encuentre vigente el régimen especial.
Para quienes tengan saldos pendientes previos a la eventual entrada en vigencia de la ley, el proyecto establece un mecanismo de regularización. EDET debería ofrecer planes de pago de hasta 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses moratorios, punitorios, recargos ni costos financieros.
El impacto de los cargos municipales
La iniciativa incorpora además un capítulo referido a los cargos municipales incluidos en las facturas de electricidad. En ese apartado se plantea la necesidad de reducir o eliminar el cobro de la tasa de alumbrado público, uno de los conceptos que inciden en el monto final que pagan hogares y comercios.
En los fundamentos, Nievas sostiene que la electricidad no es un consumo prescindible, sino un servicio indispensable para la vida diaria, la conservación de alimentos y medicamentos, el funcionamiento de emprendimientos, la educación, la salud y la actividad de instituciones públicas y privadas.
El proyecto señala que las decisiones tarifarias no deberían analizarse únicamente a partir de los costos técnicos del sistema eléctrico. También, plantea, deberían considerar la capacidad efectiva de pago de los usuarios, particularmente en un contexto en el que familias, comercios y pequeñas empresas enfrentan mayores dificultades para sostener sus gastos mensuales.
Qué rol tendría el ERSEPT
El proyecto deja en manos del ERSEPT la aplicación y el control de la eventual norma. El organismo regulador debería supervisar que EDET cumpla con la suspensión tarifaria, que no facture diferencias retroactivas y que respete la prohibición de cortes.
Además, el ente tendría que publicar informes mensuales con información sobre la cantidad de usuarios alcanzados, los planes de pago otorgados, los cortes evitados, los reclamos presentados y las sanciones aplicadas a la empresa ante posibles incumplimientos.
La propuesta deberá ser analizada en comisiones y posteriormente llegar al recinto para su eventual tratamiento y aprobación.
Tu opinión enriquece este artículo: