El Gobierno eliminó el impuesto de 1,5% para la venta de propiedades. La supresión del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) establecía un gravamen del 1,5% para el traspaso de las propiedades tras la promulgación de la Ley Bases y el paquete fiscal.
En este sentido, el lunes 8 de julio, el ministro de Economía, Luis Caputo, mediante la red social X manifestó: “Hoy terminamos con el ITI, un impuesto nefasto a las transferencias inmobiliarias, que estaba vigente desde el 1991”.
A través de los Decretos 592 y 593, el Poder Ejecutivo promulgó la ley aprobada por el Congreso que delegó facultades al Poder Ejecutivo para realizar la reforma en el Estado.
La eliminación del ITI para las Personas Humanas, sucesiones Indivisas y las personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018, mientras que las propiedades adquiridas antes de esa fecha no pagarán ningún impuesto al momento de ser vendidos, según constató Ámbito.
La Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata
"La Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata", expresa el comunicado del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.
Asimismo, señala el comunicado: "Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas", y aclara que "no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso".
De esta manera, las propiedades que fueron vendidas después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15% de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado).
Por último, se pudo saber que la Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatales, entre otras medidas, las cuales ya se habilitó a entrar en vigencia.
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