A través de una resolución general publicada en el Boletín Oficial el pasado martes, la Administración Federal de Ingresos Públicos decidió excluir a las potenciales micro empresas del régimen de retención en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias, pero aplicables a los pagos que se efectúen con tarjetas de crédito, compra y/o débito.
“Se dispuso la caracterización denominada ‘Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa y se establece que el régimen no resultará de aplicación cuando se trate de estos sujetos”, detalla el documento.
En este sentido, esta categoría mencionada por el AFIP deberá acceder con clave fiscal al sitio web de la entidad para seleccionar y validar la caracterización “430 – Beneficio Eximición de Retenciones – Pagos electrónicos”. Cabe mencionar que la misma contará con el consentimiento de la entidad estatal para que el contribuyente pueda reflejarla en la constancia de inscripción y trasmitir la información a los agentes de retención.
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