La AFIP ha publicado en el servicio web "Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP", la información que requiere que suministren los contribuyentes a efectos de poder efectuar las evaluaciones previstas por el artículo 5 del Decreto 332/2020 y determinar los beneficios que les corresponden.
Allí, los empleadores deberán suministrar la documentación requerida para acceder a los beneficios, que incluyen el pago de salarios de los trabajadores, la postergación y/o eximición del pago de contribuciones patronales y la extensión del seguro de desempleo. La información se debe suministrar hasta hoy.
“La prioridad máxima hoy es la salud y desde el Estado acompañamos con políticas que alivianen las dificultades que se presentan en el marco de esta crisis”, aseguró el ministro de Economía, Martín Guzmán. “Minimizar la circulación de personas y bienes inevitablemente afecta nuestra economía y en especial a los sectores más vulnerables: las familias de bajos recursos y las pymes”, dijo el funcionario.
El ATP para empleadores y trabajadores afectados por la emergencia sanitaria fue creado por el DNU 332/2020 y apunta a la preservación de las fuentes de trabajo “en medio de la crisis por las restricciones impuestas a la circulación para frenar la propagación del coronavirus”, dice un pasaje del texto difundido por la cartera económica. Para acceder al mismo, tenés que ingresar al siguiente link, donde encontrarás la información necesaria para completar y cargar los datos necesarios.
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